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Segunda devolución de impuestos de la Operación Renta: Así puedes saber si te llegará el pago

Si bien ya venció el plazo para realizar la Operación Renta 2024 —aquellas personas que no la efectuaron, estando obligados a hacerla, arriesgan severas multas—, aún quedan pagos de las devoluciones de impuestos por concretarse.

Según el calendario del Servicio de Impuestos Internos (SII), el siguiente monto corresponde al segundo pago del proceso y beneficiará a las y los contribuyentes que declararon su renta entre el 9 y el 19 de abril.

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La entrega del dinero será este martes 14 de mayo, a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria que indicaron los usuarios durante la realización del trámite.

Sin embargo, no todos los declarantes recibirán una devolución de impuestos, ya que hay casos en que no reúnen las condiciones para recibirla o por otros factores que fueron detallados por el SII.

¿Cómo saber si me toca la devolución de impuestos?

Para conocer el método, es importante que el contribuyente haya desarrollado la Operación Renta, lo que debía ser antes del viernes 10 de mayo (el último día en que el trámite estuvo vigente).

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De ser ese el caso, existen dos alternativas para saber si corresponde la devolución de impuestos. La primera es ingresar al sitio web del SII, iniciar sesión con Clave Tributaria o Clave Única, pinchar la opción "Servicios online", dar clic en "Consulta y seguimiento" y luego en "Consultar el estado de declaración".

Se selecciona el año tributario (2024, en este caso) y, por último, se hace clic en "consultar", obteniendo una respuesta inmediata del eventual monto a recibir.

El segundo método es hacer la consulta mediante el sitio web de la Tesorería General de la República. En esta plataforma también se requiere la Clave Tributaria o la Clave Única para ingresar.

Ya dentro, el usuario debe ir a la sección "Revisar saldos disponibles" en la parte que señala "Devoluciones" y presionar en "Consulta de saldos disponibles".

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El SII aprobó mi devolución de impuesto, pero no recibí el dinero 

Cuando se hace la declaración de renta, el Servicio de Impuestos Internos revisa la información ingresada por el contribuyente y eventualmente la aprueba, autorizando a la Tesorería General de la República (TGR) a liberar el dinero de la devolución de impuestos.

No obstante, hay dos situaciones generales en que, pese a estar aprobada, la respectiva devolución no se concreta o es más baja que el monto sugerido. A través de sus redes sociales, el SII explicó en qué consisten ambos casos:

1) Problemas con la cuenta ingresada para recibir el monto de la devolución

  • Error de digitación en el número de la cuenta bancaria, tipo de cuenta o nombre de institución.
  • El contribuyente no es el titular de la cuenta ingresada.
  • La cuenta bancaria ingresada se encuentra inactiva.

2) Retención total o parcial de la devolución de impuestos

En este caso, la TGR efectúa una retención total o parcial de la devolución de impuestos para destinar el monto al pago de deudas morosas. También puede que aplique retenciones por los siguientes motivos:

  • Deudas por pensión alimenticia.
  • Tener deudas en el pago del crédito universitario solidario o con aval del Estado (crédito CAE, por ejemplo).
  • Mandatos: cesión a otro contribuyente de tu devolución.
  • Por obtener erróneamente un subsidio al empleo.
  • Retenciones judiciales y/o previsionales.
  • Por estar en el Registro de Evasores del Transporte (evasores de buses del sistema RED).
  • Retenciones de instituciones de salud.

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