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Reglamento que obliga el grabado de patente: ¿En cuántos vidrios debe estar la identificación del vehículo?

Durante la jornada del miércoles la Contraloría General de la República informó de la toma de razón del reglamento que establece las condiciones del grabado de patente en vidrios y espejos de un vehículo. 

A pesar de que la normativa ya había sido enviada con anterioridad, el organismo tuvo observaciones que obligaron a elaborar uno nuevo.

Esto para que se especifique qué pasará con aquellos automovilistas que adquirieron un vehículo antes de la publicación del documento y que ya tuvieran el grabado en los lugares que corresponde.

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Respecto a eso último se indicó que en esos casos no será necesario realizar un nuevo grabado siempre y cuando el que tengan sea permanente y permita "la íntegra y correcta identificación" de cada uno de los caracteres grabados.

¿Cuántos vidrios del vehículo deben tener la patente grabada?

En cuanto a los lugares en los que debe estar la identificación del vehículo, se apunta a que esta debe aparecer en el parabrisas, luneta trasera, y vidrios laterales.

En el caso de los vehículos que tengan más de seis vidrios, sumando los laterales, parabrisas y luneta trasera deberán grabar, al menos, seis vidrios, siendo obligatorio el parabrisas y los restantes los de mayor superficie.

Si el vehículo tiene menos de seis vidrios debe grabarse en todos ellos.

¿Cuáles son los plazos para grabar la patente en vidrios y espejos de los vehículos?

Según el mismo documento, los vehículos nuevos tienen hasta el cuarto mes de publicado este decreto en el Diario Oficial.

Para esto, cabe destacar que no se considerarán vehículos nuevos aquellos que fueron comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el tercer mes contado desde la publicación de la publicación del dectreto en el Diario Oficial.

Los autos que fueron comercializados antes del 11 de septiembre de 2023 tienen hasta doce meses después de publicado el reglamento en el Diario Oficial.

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